Ahorro Permanente
y Aporte Social
Aspectos a tener en cuenta:
- Ahorro de carácter obligatorio que te permite ser parte de FONCOLOMBIA, esta modalidad de ahorro la podrán tener desde el cinco por ciento (5%) hasta un máximo del diez por ciento (10%) de su ingreso básico mensual o mesada pensional descontado mensualmente de la nómina. El 70% de este monto se destina a tu Ahorro Permanente y el 30% restante a tu Aporte Social.
- Los valores acumulados por estos conceptos te serán entregados al momento de tu desvinculación de FONCOLOMBIA.
- Podrán continuar como asociados los que adquieren el derecho de pensión y los ex trabajadores que quieran conservar su calidad de tal siempre y cuando su vinculación con FONCOLOMBIA lleve como mínimo tres (3) años continuos.
- Sobre el Ahorro Permanente se reconoce una tasa de interés preferencial, aprobada anualmente por la Junta Directiva de FONCOLOMBIA.
- Los Aportes Sociales son revalorizados anualmente.